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Sueldo y nómina

Calculadora de días de vacaciones generados: proporción y ejemplos

Por Marcos Ortega · Revisado el · 1 fuente oficial · Cómo calculamos

¿Cuántos días de vacaciones he generado?

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Las vacaciones se generan día a día mientras trabajas: por un año completo te corresponden al menos 30 días naturales, y por menos tiempo, la parte proporcional. La fórmula es días al año × días trabajados ÷ 365. La calculadora te dice cuántos días llevas generados y cuántos te quedan por disfrutar.

La fórmula

Días generados = días de vacaciones al año × días de contrato en el periodo ÷ días del año (365, o 366 en año bisiesto).

  • Usa 30 si tu convenio cuenta en días naturales (el mínimo legal).
  • Usa 22 (o la cifra de tu convenio) si cuenta en días laborables.
  • Días pendientes = generados − ya disfrutados.

Ejemplos

  • Alta el 1 de marzo de 2026, hasta final de año: 306 días de contrato. 30 × 306 ÷ 365 = 25,15 días naturales.
  • Primer semestre, convenio de 22 días laborables: del 1 de enero al 30 de junio hay 181 días. 22 × 181 ÷ 365 = 10,91 días laborables.
  • Baja el 15 de septiembre de 2026 con 10 días disfrutados: 258 días. 30 × 258 ÷ 365 = 21,21 generados; 11,21 pendientes, que se pagan en el finiquito.

Tabla rápida: 30 días naturales al año

Meses trabajados en el año Días generados (aprox.)
1 2,5
3 7,5
6 15
9 22,5
12 30

Con días exactos sale una cifra ligeramente distinta, porque los meses no tienen todos los mismos días.

Redondeo de los decimales

La ley no dice cómo redondear. Algunos convenios lo regulan; si el tuyo no dice nada, es habitual redondear a favor del trabajador. Si te vas de la empresa, los días pendientes con decimales se pagan tal cual en el finiquito: salario anual ÷ 365 × días pendientes.

Lo que esta calculadora no incluye

  • Los días extra por antigüedad u otros que dé tu convenio: ponlos en «otra cifra de mi convenio».
  • Los festivos que caen dentro de las vacaciones en convenios de días laborables.
  • Periodos de excedencia o suspensión del contrato que, según el caso, pueden no generar vacaciones.
  • Contratos que cambian de año: calcula cada año por separado.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley?

Como mínimo, 30 días naturales al año por un año completo de trabajo (art. 38.1 del Estatuto de los Trabajadores). Tu convenio colectivo o tu contrato pueden darte más, pero nunca menos.

¿Son lo mismo 30 días naturales que 22 laborables?

En la práctica, casi siempre. Treinta días naturales son algo más de cuatro semanas; de lunes a viernes, eso son unos 22 días laborables. Muchos convenios usan días laborables. Lo que no puede pasar es que el resultado sea menos que 30 días naturales.

¿Se pierden las vacaciones si no las cojo en el año?

Como norma, las vacaciones se disfrutan dentro del año natural. Si no pudiste cogerlas por una incapacidad temporal, embarazo, parto o lactancia, tienes derecho a disfrutarlas después (art. 38.3 ET). Las que no se disfrutan solo se pagan al acabar el contrato, en el finiquito.

¿Cuándo tengo que saber las fechas de mis vacaciones?

Al menos dos meses antes de empezar a disfrutarlas (art. 38.3 ET). Las fechas se fijan de común acuerdo entre la empresa y el trabajador, según lo que diga el convenio.

¿Una baja médica me quita días de vacaciones?

No. Mientras estás de baja sigues generando vacaciones, y si la baja coincide con tus vacaciones previstas puedes disfrutarlas en otra fecha, aunque haya acabado el año, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron (art. 38.3 ET).

Fuentes oficiales

¿Has visto una cifra desactualizada o un error? Avísanos y lo revisamos.

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