Saltar al contenido
Despido y paro

Calculadora de finiquito 2026: vacaciones, pagas extra y días del mes

Por Marcos Ortega · Revisado el · 2 fuentes · Cómo calculamos

Calculadora de finiquito

—
Importes brutos: de ellos se descuentan la cotización y el IRPF (salvo de la indemnización, si la hay, que va aparte).

El finiquito es lo que la empresa te debe al terminar el contrato por el trabajo que ya has hecho. Tiene tres partes: el salario de los días trabajados del último mes, la parte proporcional de las pagas extra que aún no has cobrado y las vacaciones generadas y no disfrutadas. No incluye la indemnización por despido, que va aparte. La calculadora suma las tres partes en bruto.

Las tres partes del finiquito

1. Los días trabajados del último mes

Si la baja es el último día del mes, cobras el mes entero. Si no, la costumbre es dividir el sueldo mensual entre 30 y multiplicar por los días trabajados de ese mes. Si la empresa ya te ha pagado la nómina de ese mes, marca la casilla y no se suma.

2. La parte proporcional de las pagas extra

Por ley tienes al menos dos pagas extra al año, una en Navidad (art. 31 ET). Mientras trabajas, cada paga se va generando día a día; al irte, te pagan la parte generada y no cobrada.

Cómo se generan depende de tu convenio. Los dos modelos más habituales son:

Modelo Paga de verano Paga de Navidad
Semestral Del 1 de enero al 30 de junio Del 1 de julio al 31 de diciembre
Anual Del 1 de julio del año anterior al 30 de junio Del 1 de enero al 31 de diciembre

Fórmula: importe de la paga × días generados ÷ días del periodo. Si cobras en 12 pagas (con las extras prorrateadas en cada nómina), no hay nada pendiente: ya te las han ido pagando.

3. Las vacaciones no disfrutadas

El mínimo legal son 30 días naturales al año (art. 38 ET). Se generan en proporción al tiempo trabajado:

  • Días generados = días de vacaciones al año × días trabajados en el año ÷ 365.
  • Días pendientes = generados − disfrutados.
  • Importe = días pendientes × salario diario (salario bruto anual ÷ 365).

Ejemplos resueltos

Baja el 15 de octubre de 2026, 24.000 € en 14 pagas, devengo semestral

Alta el 15 de mayo de 2023. Este año ha disfrutado 15 días de vacaciones.

  • Salario de octubre: 24.000 ÷ 14 = 1.714,29 € al mes; 1.714,29 ÷ 30 × 15 = 857,14 €.
  • Paga de Navidad: se genera del 1 de julio al 31 de diciembre (184 días). Del 1 de julio al 15 de octubre van 107 días: 1.714,29 × 107 ÷ 184 = 996,89 €. La de verano ya la cobró en junio.
  • Vacaciones: del 1 de enero al 15 de octubre hay 288 días. Generadas: 30 × 288 ÷ 365 = 23,67 días. Pendientes: 23,67 − 15 = 8,67 días. Salario diario: 24.000 ÷ 365 = 65,75 €. Importe: 570,16 €.
  • Total bruto: 2.424,20 €.

Con las extras prorrateadas (12 pagas de 2.000 €), el mismo finiquito serían 1.000 € de octubre + 570,16 € de vacaciones = 1.570,16 €. Parece menos, pero las pagas extra ya se cobraron mes a mes.

Baja el 31 de marzo de 2026, devengo anual, sin vacaciones disfrutadas

  • Salario de marzo completo: 1.714,29 €.
  • Paga de verano (desde el 1 de julio de 2025): 274 de 365 días = 1.286,89 €.
  • Paga de Navidad (desde el 1 de enero de 2026): 90 de 365 días = 422,70 €.
  • Vacaciones: 30 × 90 ÷ 365 = 7,40 días = 486,40 €.
  • Total bruto: 3.910,27 €.

Del bruto al neto

Todo el finiquito cotiza a la Seguridad Social y lleva retención de IRPF, igual que una nómina. Lo que recibes en la cuenta será, por tanto, menos que el total de la calculadora. Para hacerte una idea, aplica el porcentaje de IRPF de tu última nómina y un 6,50 % de cotización (contrato indefinido) sobre el total.

Vacaciones pendientes y paro

Si te quedas en paro con vacaciones sin disfrutar, el paro empieza a contar cuando acaba ese periodo de vacaciones (art. 268.3 LGSS). Con 8,67 días pendientes, la prestación empezaría unos 9 días después de la baja.

Lo que esta calculadora no incluye

  • La indemnización por despido o fin de contrato: tienes otra calculadora.
  • Pagas extra distintas de las dos legales (paga de beneficios, de marzo…), comisiones, horas extra o pluses pendientes. Súmalos aparte.
  • La falta de preaviso: si la empresa no te avisa con los días que marca la ley o tu convenio, puede deberte el salario de esos días; y si te vas tú sin preavisar, el convenio puede permitir descontártelo.
  • Convenios que cuentan las vacaciones en días laborables (por ejemplo, 22 o 23 días), o que dicen cómo redondear los decimales.
  • El neto: el resultado es en bruto.

Revisa siempre tu convenio colectivo: puede mejorar cualquiera de estas partes.

Preguntas frecuentes

¿Me corresponde finiquito si me voy yo?

Sí. El finiquito se paga siempre que termina un contrato, sea por despido, por fin de contrato o por baja voluntaria: es lo que la empresa te debe por el trabajo ya hecho. Lo que no corresponde en una baja voluntaria es la indemnización.

¿El finiquito lleva IRPF y Seguridad Social?

Sí. El salario, las pagas extra y las vacaciones del finiquito cotizan y tributan como cualquier nómina. Solo la indemnización legal por despido está exenta de IRPF y no cotiza.

¿Pueden obligarme a coger las vacaciones en vez de pagármelas?

Las vacaciones son para disfrutarlas y la ley no permite cambiarlas por dinero mientras dura el contrato (art. 38.1 ET). Solo se pagan las que no has podido disfrutar al terminar el contrato. Si la empresa y tú acordáis que las disfrutes antes de la baja, ya no aparecen en el finiquito.

¿Y si he disfrutado más vacaciones de las que me tocaban?

Entonces la diferencia suele aparecer en negativo y se descuenta del finiquito. Pon los días disfrutados en la calculadora y lo verás.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito mal calculado?

Las cantidades se pueden reclamar durante un año (art. 59 ET). Si firmas el finiquito y no estás de acuerdo, añade «no conforme» junto a tu firma.

Fuentes oficiales

¿Has visto una cifra desactualizada o un error? Avísanos y lo revisamos.

Otras calculadoras